En las propiedades horizontales (P.H.), convivimos muchas personas y, como es natural, a veces ocurren daños en áreas comunes o incluso en otras unidades. ¿Pero qué pasa cuando alguien rompe algo o causa un perjuicio? ¿Quién debe asumir esa responsabilidad?La Ley 284 de 2022 responde claramente a estas preguntas en su Artículo 29, y aquí te lo explicamos de forma sencilla, con ejemplos.

¿Qué dice la ley?

El artículo 29 de la Ley 284 de 14 de febrero de 2022, establece que cualquier persona que ocupe una unidad (ya sea propietario, inquilino, familiar, empleado o invitado) es responsable por los daños o perjuicios que cause en bienes comunes, privados o a terceros, ya sea por dolo (intención), culpa o negligencia. Además, el propietario del apartamento siempre será solidariamente responsable, aunque él no haya causado directamente el daño.

Ejemplo práctico:

Caso 1: El hijo rompe el portón eléctrico

Imagina que el hijo adolescente de un residente (propietario o inquilino) fuerza el portón eléctrico con su moto porque no quiere esperar a que abra. El portón queda dañado. ¿Quién debe pagar?

El residente es responsable, aunque no haya estado presente, porque su hijo causó el daño.

¿Y si no paga?

Después de 30 días, el monto del daño se sumará a su estado de cuenta mensual como si fuera parte de su cuota de mantenimiento.

Caso 2: Un inquilino deja la llave del agua abierta y causa una filtración

Una persona alquila su apartamento y olvida cerrar una llave de agua del lavamanos. La fuga afecta el apartamento de abajo. ¿Quién responde?

El inquilino fue quien causó el daño, pero el propietario también es responsable solidariamente, así que si el inquilino no paga, la administración puede cobrarle al dueño.

¿Cómo se prueba quién causó el daño?

La ley indica que debe intervenir un perito idóneo, es decir, un profesional (por ejemplo, ingeniero, electricista, técnico en refrigeración, etc.) que determine:

  • Qué fue lo que se dañó
  • Cómo ocurrió el daño
  • Cuánto cuesta repararlo

Este informe debe quedar por escrito en un acta firmada por el administrador, el afectado (o su representante) y el perito. Además, el afectado puede contratar a su propio perito si lo considera necesario.

Ejemplo:

En un caso reciente, se dañó el sistema de acceso al edificio por una manipulación indebida del mecanismo.

Un informe técnico mostró que el daño fue causado por una persona ajena que forzó el brazo mecánico. Se tomaron fotos antes y después, y se dejó constancia en un acta firmada por la administración y el afectado.

¿Y si no se paga el daño?

Si pasan 30 días y el daño no ha sido reparado ni pagado:

  • El P.H. puede incluir el costo en el estado de cuenta del apartamento responsable.
  • Si el daño fue a una propiedad privada (otro apartamento), el afectado puede iniciar una demanda civil por daños y perjuicios.

Recomendaciones prácticas

  • Vigila a tus dependientes e invitados: sus acciones pueden terminar costándote dinero.
  • Documenta cualquier incidente: fotos, testigos, informes.
  • Colabora con la administración: participar en la inspección y firmar el acta ayuda a resolver el problema rápidamente.
  • Asesórate legalmente si el daño es significativo o se genera una disputa.

Conclusión

Vivir en un P.H. implica compartir espacios y también responsabilidades. Conocer el Artículo 29 de la Ley 284 de 2022 te ayuda a entender tus derechos y deberes, evitar conflictos innecesarios y proteger tu patrimonio.

En Nelson & Ordóñez - Abogados estamos para ayudarte. Si necesitas orientación sobre este tema o cualquier otro relacionado con propiedad horizontal, no dudes en contactarnos.

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